El reconocimiento de un juez
que dirime los conflictos entre los particulares o entre éstos y el Estado
después de la realización de un juicio en el cual las partes han tenido la
oportunidad de presentar los argumentos que fundamentan sus solicitudes, implica
el reconocimiento y aceptación de la decisión que adopte sobre los asuntos
puestos a su consideración. Este principio aplica a las relaciones entre
Estados cuando han acordado mediante un Tratado que sus diferencias sean
resueltas por una Corte ajena a ambos. En
un país de abogados no debería costar mucho conocer este principio básico. Sin embargo, las reacciones al fallo de la
Corte Internacional de Justicia –CIJ- en el litigio con Nicaragua demuestran
que nos encontramos más cerca del estado de naturaleza de lo que podríamos creer.
La mayor parte del litigio
(2001-2012) transcurrió durante la presidencia de Alvaro Uribe, quien se ha
convertido en uno de los principales promotores del desacato a lo que ha
denominado el “fallo del despojo”. En su opinión, la única sentencia admisible
era aquella que acogiera la posición colombiana, razón por la cual, un fallo
contrario no tiene cabida dentro del orden jurídico. Está posición tiene un
mayoritario respaldo ciudadano. Debido a lo anterior, el presidente Santos que
considera cosa juzgada la parte favorable del fallo y error la desfavorable
indica que no cumplirá el mismo hasta que no se garanticen los derechos de los
colombianos en el lugar. Por su parte, una de las preocupaciones de la
Canciller Holguín es el porvenir de la reserva de biosfera Seaflower calificada por
la Unesco en el año 2000 como de importancia global y que ahora tendrá un
porcentaje importante en Nicaragua, que ha expresado su intención de explotar
petróleo, situación que pondría en peligro al reserva que Colombia ha
protegido, como es su costumbre en temas ambientales. (Los ríos Magdalena y
Bogotá son muestras de la rigurosa política en la materia). Algunos analistas
indican en que la falla en la representación de Colombia en La Haya consistió
en que el Excanciller Londoño no vivió durante los once años del litigio en la
sede de la Corte, situación que le otorgó ventaja a los representantes nicaragüenses
que si lo hicieron y pudieron trabajar un mejor lobby que los colombianos. Como
el que las hace, se las imagina, existe en el imaginario la idea que la
justicia allí es igual a la interna en la cual entre almuerzos y juergas se “cuadran”
fallos. Como consecuencia del fallo, el país se retiró
del Pacto firmado por los Estados Americanos en abril de 1948 en las ruinas de
de Bogotá después de asesinato de Gaitán que otorgaba competencia a la CIJ para
resolver conflictos entre Estados y de esa manera evitar posibles litigios
internacionales. Adicionalmente, el gobierno cambió de abogados y contrato
nuevos expertos para que lo guíen en las decisiones que debe tomar en adelante,
siendo que las mismas se resumen a dos
opciones: cumplir o no el fallo de la CIJ.
Más allá de lo que ocurra
finalmente con la nueva delimitación marítima impuesta por la CIJ, está
posición contraria al acatamiento a un fallo emitido por un juez por
considerarlo la parte vencida injusto y contrario a derecho llega en un momento
bastante inoportuno. En 2013 deberán acelerarse e incrementarse los procesos e
restitución de tierras de la ley estrella del Gobierno Santos y cobra plena
vigencia la ley 791 de 2002 que cambió la prescripción extraordinaria de bienes
inmuebles, para lo cual solo se requieren 10 años de posesión para adelantar
ante un juez un proceso de pertenencia. En otras palabras, se ventilaran en los
juzgados procesos que involucran el derecho de propiedad y más de un
propietario sobre el cual recaiga una sentencia en contra podrá calificar la
misma de contraria a derecho y equivalente a un despojo. Puede ser el comienzo
de una institución informal: El desacato al fallo judicial por la injusticia
del contenido de la sentencia valorado por el perjudicado. El impacto de este
tipo de conductas solo puede ser analizado con el transcurso del tiempo. Un
recuerdo: 1- Hace 16 años terminaba en la Cámara de Representantes el proceso
contra el Presidente que recibió recursos del narcotráfico para su campaña en
medio de la absolución lograda gracias a las dádivas entregadas a sus jueces.
Hace 8 años la representante Yidis Medina cambiaba sorpresivamente su votó en la Comisión de la
Cámara de Representantes y el proyecto de modificación a la Constitución para
permitir una reelección se volvía incontenible. Hace menos de una semana, la
reelección de Ordoñez se logró por la votación de 80 senadores, cuarenta de los
cuales se declararon impedidos a votar por su “cercanía” al candidato ganador,
sin embargo los impedimentos fueron rechazados por el resto de sus colegas. Lo
que antes se ocultaba, ahora es público y dejó de ser pecado.
La única parte positiva del
fallo es que los funcionarios del Gobierno y los demás ciudadanos al menos por
unos días sabemos dónde quedan San Andrés, Providencia, Santa Catalina,
Roncador, Quitasueño, Serrana y Serranilla.
No hay comentarios:
Publicar un comentario